¿Qué pasos debo tomar si quiero mudarme? ¿Qué tipo de notificación se requiere?
Después que la custodia o crianza compartida se haya establecido en un plan de crianza permanente o una orden final de custodia, hay algunos pasos que debe seguir si quiere mudarse. Una mudanza para estos propósitos se refiere a mudarse fuera del estado o quedarse en el estado, pero mudarse a más de 50 millas de el/la otro/a padre/madre. Los pasos que debe seguir son los siguientes:
- Al menos 60 días antes de la mudanza programada, tiene que enviarle una notificación a el/la otro/a padre/madre a su dirección conocida más reciente por correo registrado o certificado. El/la juez/a puede eliminar este requisito, no obstante, si hay circunstancias de emergencia. La notificación debe tener lo siguiente:
- una declaración de que planifica mudarse;
- la ubicación de su nuevo hogar;
- las razones de la mudanza propuesta; y
- una declaración que explique que, si el/la otro/a padre/madre no se opone dentro de 30 días de la fecha en la que la notificación sea enviada, o si los padres no llegan a un acuerdo, la ley permitirá la mudanza.1
- Es posible que una vez que el/la otro/a padre/madre reciba la notificación, ustedes dos puedan acordar un horario de visitación nuevo o el/la otro/a padre/madre pueda presentar una objeción. Si ninguna de esas dos cosas ocurre dentro de 30 días después de usted haber enviado la notificación, tiene que presentar una petición pidiéndole a la corte que apruebe la mudanza. Entonces, el/la otro/a padre/madre tiene 30 días para presentar una respuesta oponiéndose a la petición.
- Si el/la otro/a padre/madre no presenta una respuesta oponiéndose a su petición dentro de 30 días de usted haberla presentado, entonces usted y su hijo/a tendrán permiso para mudarse.
1 TN ST § 36-6-108(a)
2 TN ST § 36-6-108(b)