Paso 3: Fechas judiciales preliminares
El próximo paso en el caso es tener fechas “preliminares” en la corte. Preliminar significa de introducción o preparación. Estas fechas pueden tener un nombre distinto en su estado, como “primera comparecencia”, “conferencia de estatus” u otra cosa. En estas fechas se pueden trabajar con ciertos asuntos en las primeras etapas del caso. Algunos de los asuntos que podrían trabajarse son:
- problemas con la notificación;
- referidos a mediación, arbitraje o a un curso de educación para padres;
- órdenes temporales de tutela (custodia) y posesión o derecho a visitas (visitación); y
- mociones antes del juicio.
Durante esta etapa, el/la juez/a usualmente dará órdenes temporales de tutela (custodia) y posesión o derecho a visitas (visitación) que estarán vigentes mientras el caso continúe. En algunos casos, el/la juez/a puede asignar un/a tutor/a ad litem o un/a abogado/a para el/la menor.
Para más información que puede ayudarle a preparase para las fechas judiciales preliminares, vaya a La primera comparecencia en nuestra sección Antes del juicio.




