¿Quién está protegido bajo esta ley?
Según la ley estatal de California, usted puede estar protegido/a bajo esta ley si usted o un familiar es víctima de un “acto elegible de violencia”, que se define como:
- violencia doméstica;
- agresión sexual bajo la ley estatal, federal o tribal;
- acecho;
- un acto que haya causado daño físico o la muerte;
- una persona usando o agitando un arma de fuego o cualquier otra arma peligrosa;
- una persona usando la fuerza o amenazando con usar la fuerza, y que resulte en daño físico o la muerte.1
Para propósitos de esta ley, “un familiar” significa un/a:
- hijo/a, que incluye hijos biológicos, hijos/as adoptados/as, hijo/as de crianza, hijastros/as, menores que estén bajo su tutela, hijos/as de su pareja de hecho o un/a menor para quien usted está “en el lugar de un/a padre/madre” (“in loco parentis”);
- un/a padre/madre, que incluye padres biológicos, padres de crianza, padres adoptivos, suegros/as, padrastros/madrastras, tutores legales o cualquier otra persona que estuvo “in loco parentis” con usted cuando era menor de edad;
- abuelo/a o nieto/a;
- cónyuge o pareja de hecho;
- hermano/a, independientemente sea biológico/a, adoptado/a, hermanastro/a o medio/a hermano/a; o
- cualquier otra persona que esté relacionada a usted por sangre o cuya relación con usted sea equivalente a una relación familiar.2
1 Cal. Gov. Code § 12945.8(a)(3), (j)(5), (j)(8)(A)
2 Cal. Gov. Code §§ 12945.8(j)(4); 12945.2(b)(1), (b)(11), (b)(14)




