Tengo una orden de protección contra la persona agresora. ¿Puede tener o comprar un arma de fuego?
La ley estatal de Hawái dice que una persona no puede tener un arma de fuego si tiene una orden judicial en su contra que le prohíbe contactar, amenazar o maltratar físicamente a otra persona.1
Si su orden temporal o final de protección contra el maltrato doméstico o protección contra la violencia con armas de fuego tiene estas restricciones, entonces la persona agresora posiblemente no pueda tener un arma de fuego mientras su orden esté vigente. Su orden dirá específicamente que la persona agresora no puede tener, poseer o transportar un arma de fuego o munición. La persona agresora deberá entregar cualquier arma de fuego o munición que tenga a la policía mientras la orden de protección esté vigente. La policía también puede quitarle cualquier arma de fuego o munición que esté a simple vista cuando le hagan la notificación de la orden a la persona agresora.1 Visite Si le quitan el arma de fuego a la persona agresora, ¿qué pasará con el arma? para más información.
Además, las leyes federales limitan el derecho de una persona agresora a tener un arma de fuego cuando usted tiene una orden de protección final que cumple con ciertos requisitos. Las leyes federales aplican a todos los estados y territorios.
1 Haw. Rev. Stat. § 134-7(f)
¿Hay algo que pueda hacer para que sea más probable que le quiten el arma de fuego a la persona agresora cuando me den una orden de protección?
Aquí tiene algunos pasos que puede tomar para aumentar las posibilidades de que un/a juez/a ordene que le quiten las armas de fuego:
- Dígale a el/la juez/a si la persona agresora le ha amenazado con un arma de fuego alguna vez.
- Dígale a el/la juez/a todo lo que usted sabe sobre las armas de fuego de la persona agresora. Explique cuántas tiene, los tipos de armas que son y dónde las tiene guardadas.
- Pídale a el/la juez/a que incluya en su orden de protección que la persona agresora no puede comprar ni tener un arma de fuego mientras la orden esté vigente.
- Si el/la juez/a está de acuerdo con que la persona agresora no puede tener sus armas de fuego mientras la orden esté vigente, es posible que también quiera pedirle a el/la juez/a que:
- requiera que la persona agresora le entregue sus armas de fuego a la policía, o autorice a la policía para que entren a la casa de la persona agresora a buscarlas;
- establezca claramente por cuánto tiempo le quitarán las armas a la persona agresora; y
- la policía le deje saber a usted cuando le devuelvan las armas a la persona agresora.
Nota: Hay una ley federal que dice que algunas personas agresoras no pueden tener armas de fuego mientras hay una orden de protección vigente, aunque el/la juez/a no lo escriba en la orden. Puede conocer más sobre esto en nuestra página de Leyes federales de armas de fuego.




