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Custodia

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Leyes actualizadas al 8 de agosto de 2025

¿Cómo decidirá el juez quién tendrá la autoridad de tomar decisiones?

Todas las decisiones sobre la custodia deben estar basadas en el “mejor interés” de el/la menor.1 Una decisión sobre la custodia, según se incluye en un plan de crianza, determinará si se le da a uno de los padres la autoridad exclusiva para tomar decisiones o se le da a ambos padres la autoridad compartida para tomar decisiones.

Si los padres están de acuerdo sobre cómo dividir el poder para tomar decisiones sobre la educación, el cuidado médico y la crianza religiosa de los/as menores, el/la juez/a aprobará este plan de crianza si:

  • entiende que ambos padres están voluntariamente de acuerdo con el plan; y
  • es consistente con las “limitaciones” que hay sobre la autoridad de un/a padre/madre para tomar decisiones, lo cual podría deberse a que un/a padre/madre haya cometido violencia doméstica, agresión sexual o maltrato de menores, o a otros factores.2

Para más información sobre las limitaciones antes mencionadas, las cuales pueden ser requeridas (obligatorias) u opcionales (discrecionales), vea nuestra sección Cuando el padre o alguien que vive con el padre es maltratante.

Si los padres no pueden llegar a un acuerdo sobre cómo dividir la autoridad de tomar decisiones en sus planes de crianza propuestos, el/la juez/a puede otorgarle la autoridad exclusiva de tomar decisiones a uno de los padres si:

  • ambos padres se oponen a la toma de decisiones compartida;
  • uno de los padres se opone razonablemente a la toma de decisiones compartida; o
  • se requiere una limitación en la autoridad de el/la otro/a padre/madre para tomar decisiones.3

Al decidir si ordenar o no que la toma de decisiones sea compartida, el/la juez/a considerará:

  • el historial de participación de cada uno de los padres en las decisiones sobre la educación, el cuidado médico y la crianza religiosa de los/as menores;
  • si los padres han demostrado o no la capacidad y el deseo para cooperar al tomar las decisiones sobre la educación, el cuidado médico y la crianza religiosa de los/as menores;
  • la proximidad de las casas de los padres, y hasta qué punto afecta su capacidad para tomar decisiones juntos en un periodo de tiempo razonable; y
  • si se requiere una limitación en la autoridad de tomar decisiones de cualquiera de los padres.4

1 R.C.W. § 26.09.187
2 R.C.W. § 26.09.187(2)(a); see R.C.W. § 26.09.184(5)(a)
3 R.C.W. § 26.09.187(2)(b)
4 R.C.W. § 26.09.187(2)(c); see R.C.W. § 26.09.184(5)(a)