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Leyes actualizadas al 8 de agosto de 2025

¿Qué es una ofensa sexual contra un menor?

Al establecer un plan de crianza, una de las cosas que el/la juez/a considerará es si uno de los padres ha cometido una “ofensa sexual contra un/a menor”. Esto incluye cualquiera de las siguientes cosas cuando se le hace a un/a menor:

  • cualquier “ofensa sexual” definida en RCW § 9.94A.030;
  • cualquier crimen donde el/la juez/a determine que hubo una motivación sexual;
  • cualquier crimen en el capítulo 9A.44 de la ley, excepto el de no registrarse como un/a ofensor/a sexual o por secuestro;
  • cualquier crimen que involucre el abuso sexual de un/a menor, incluyendo bajo el capítulo 9.68A de la ley; o
  • cualquier ley federal o de otro estado que sea comparable a los crímenes antes mencionados.

Si un/a padre/madre comete una ofensa sexual contra un/a menor, eso puede afectar su capacidad para obtener el poder de tomar decisiones o el tiempo de crianza residencial.

1 R.C.W. § 26.09.191(3)(f)