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Leyes actualizadas al 1 de agosto de 2024

¿Si tenemos un plan parental, puedo mudarme con mi hijo/a?

Hay procedimientos diferentes que hay que seguir para mudarse a un lugar dentro del mismo distrito escolar de su hijo/a y para mudarse a un lugar fuera de su distrito escolar.

Mudarse dentro del mismo distrito escolar
Si piensa mudarse a un lugar dentro del mismo distrito escolar de su hijo/a (el distrito donde vive la mayoría del tiempo), no es necesario seguir todos los pasos de notificación mencionados a continuación. En cambio, les puede dar “notificación actual” por cualquier medida razonable a todas las personas con derechos de tiempo residencial o de visitas con el/la hijo/a bajo una orden judicial. El/la otro/a padre (u otra persona con visitas ordenadas por la corte) tiene el derecho de presentar una petición para tratar de modificar la orden si quiere hacerlo pero no puede presentar una declaración formal de objeción a la mudanza.1

Mudarse a algún lugar fuera del distrito escolar de su hijo/a
Si su hijo/a vive con usted la mayoría del tiempo y usted quiere mudarse con su hijo/a a un lugar fuera de su distrito escolar, es necesario darle notificación de su intención de mudarse a cada persona que tiene el derecho de tiempo residencial o de visitas con su hijo/a bajo los términos de la orden. Cada persona tiene el derecho de presentar una objeción a la corte para tratar de parar la mudanza y tendría que notificarle a usted de su petición para hacer esto dentro de 30 días (o 33 días si lo hace por correo) después del día en que recibió la notificación de su intención de mudarse.2 Si el/la otro/a padre no tiene objeción dentro del período permitido, es posible que usted pueda mudarse sin otras acciones legales - puede leer la ley (en inglés) en nuestra página de WA Estatutos - vea sección 26.09.500. Hay información muy específica que tiene que incluir en la notificación y requisitos sobre cómo se puede dársela a la(s) persona(s) interesada(s). Vaya a ¿Qué tipo de notificación tengo que darle al/a la otro/a padre si quiero mudarme fuera del distrito escolar de mi hijo/a?

Nota: A menos de que usted tenga una orden judicial que dice lo contrario, un/a padre que tiene la intención de mudarse no puede cambiar la residencia principal de el/la hijo/a durante el período en el que el/la otro/a padre tiene para presentar una objeción a la notificación (33 días después de que recibió su notificación). Además, si el/la otro/a padre pide una audiencia, y esa audiencia va a ocurrir después de ese período, usted no puede cambiar la residencia principal de su hijo/a antes de esa audiencia.3

Para más información, el Voz Legal y https://www.washingtonlawhelp.org/Washington LawHelp tienen los siguientes paquetes de auto-ayuda sobre mudarse con su hijo/a que le pueden ser útiles (en inglés): Guía de auto-ayuda para conseguir una orden ex parte para mudarse con sus hijo/a; Guía de auto-ayuda sobre la ley de Washington sobre mudarse de casa con su hijo/a; y Preguntas y respuestas sobre la ley de Washington sobre mudarse de casa con su hijo/a.

1 R.C.W. § 26.09.450
2 R.C.W. §§ 26.09.430, 26.09.480(1)
3 R.C.W. § 26.09.480(2)

¿Qué tipo de notificación tengo que darle al otro padre si quiero mudarme fuera del distrito escolar de mi hijo?

Hay información muy específica que tiene que incluir en la notificación de su intención de mudarse. Puede leer sobre lo que necesita incluir en la notificación (en inglés) en nuestra página de WA Estatutos, sección 26.09.440 de la ley, subsecciones (2)(a) y (2)(b).

También hay requisitos específicos sobre cómo se puede darle la notificación. Hay que darle la notificación de la intención de mudarse, con toda la información requerida:

  1. por servicio en persona o por cualquier tipo de correo que tenga aviso de recibo a cada persona que debe recibir notificación escrita; y
  2. hay que ser dado:
    • por lo menos 60 días antes de la fecha de la mudanza propuesta con el/la hijo/a; o
    • si no es posible notificarle por lo menos 60 días antes de la mudanza porque usted no sabía (y razonablemente no podría haber sabido) la información que tiene que incluir en la notificación y no es razonable mudarse más tarde, es necesario darle la notificación no más de 5 días después de que usted sepa la información requerida.1

Nota: Hay excepciones a los requisitos de notificación si usted está entrando en un albergue de violencia doméstica o si se muda para escaparse de un peligro claro, inmediato y no razonable para la salud o la seguridad de usted o de su hijo/a - en estos casos, se puede retrasar la notificación por hasta veintiún días. También, si cree que la salud o la seguridad de usted o de su hijo estaría(n) en peligro no razonable si le da la notificación o si revela cierta información en la notificación, puede solicitar una audiencia ex parte y es posible que el/la juez/a le dé una exención de todos o de parte de los requisitos de la notificación. “Ex parte” significa que el/la juez/a puede convocar una audiencia u otorgar una orden sin que el/la otro/a padre/madre sea notificado/a o esté presente. Si usted está en el Programa de Confidencialidad de Dirección o tiene una orden judicial que le permite no incluir parte o toda la información en la notificación, es posible que no tenga que proporcionarle la información confidencial o protegida en la notificación.2

Para información sobre los formularios que pueden ser necesarios para mudarse o para presentar una objeción a una mudanza, puede que usted quiera hablar con un/a abogado/a o pedírselos del secretario de la corte. Se puede encontrar recomendaciones legales en nuestra página de WA Encontrando a un Abogado y información de contacto de los tribunales en nuestra página de WA Tribunales.

Para más información, el Voz Legal y Washington LawHelp tienen los siguientes paquetes de auto-ayuda sobre mudarse con su hijo/a que le pueden ser útiles (en inglés): Guía de auto-ayuda para conseguir una orden ex parte para mudarse con sus hijo/a; Guía de auto-ayuda sobre la ley de Washington sobre mudarse de casa con su hijo/a; y Preguntas y respuestas sobre la ley de Washington sobre mudarse de casa con su hijo/a.

1 R.C.W. § 26.09.440(1)
2 R.C.W. § 26.09.460(1)-(4)

¿Qué ocurre si no le(s) doy notificación antes de mudarme?

Si no le(s) da la notificación requerida, es posible que la corte le castigue y que le declare a usted en desacato al tribunal. Incluso si usted no proporciona la notificación requerida, el/la otro/a padre/madre puede presentar una objeción a la mudanza propuesta a la corte de la misma manera que puede hacer si usted sí le da la notificación reqerida.1

1 R.C.W. § 26.09.470(1),(3)

¿Cómo un juez decidirá si puedo mudarme con mi hijo?

La ley en Washington “presume” que en la mayoría de las situaciones, la petición de un/a padre/madre para mudarse será permitida. Esto significa que el/la juez/a asumirá que mudarse con el/la menor es en el mejor interés de el/la menor. Sin embargo, el/la otro/a padre/madre puede oponerse a la mudanza y tratar de convencer a el/la juez/a de que no permita la mudanza. Si un/a padre/madre se opone a la mudanza, el/la juez/a considerará estos factores al tomar la decisión final:

  • la fuerza, naturaleza, calidad y el grado de la relación con los padres, hermanos/as y otras personas importantes en la vida de el/la menor;
  • cualquier acuerdo previo entre las partes;
  • si le causaría más daño a el/la menor perder contacto con el/la padre/madre que se está mudando, o con el/la padre/madre que deja atrás;
  • si cualquiera de los padres tiene restricciones en su tiempo de crianza debido a violencia doméstica, delitos sexuales o a otras ofensas;
  • las razones de cada padre/madre para buscar y para oponerse a la mudanza;
  • la edad y las necesidades de el/la menor, y el impacto que una mudanza pueda tener en el desarrollo de el/la menor;
  • la calidad de vida y los recursos disponibles para el/la menor en cualquiera de las localizaciones;
  • la disponibilidad de formas para mantener una relación con el/la padre/madre que se queda atrás;
  • cualquier alternativa a la mudanza; y
  • el impacto financiero y la logística de la mudanza.1

Nota: Si usted y el/la otro/a padre/madre comparten “tiempo de crianza sustancialmente igual” (45% a 55%), entonces el/la juez/a no presumirá automáticamente que la mudanza será permitida. En cambio, el/la juez/a considerará si la mudanza está en el mejor interés de el/la menor.2

1 R.C.W. § 26.09.520
2 R.C.W. § 26.09.525