¿Cómo puedo registrar mi orden de protección en Georgia?
Cualquier persona puede registrar una orden de protección de otro estado en Georgia. Para registrar una orden de protección de otro estado, debe presentar una copia certificada de la orden en la Corte Superior. Una copia certificada usualmente estará firmada e iniciada por el/la secretario/a de la corte que la expidió y tendrá algún tipo de estampa o sello al relieve. El/la secretario/a le dará un recibo de que la orden ha sido recibida. No habrá un costo asociado a presentar su orden de protección de otro estado.1 El/la secretario/a entonces transmitirá la información y será incluida en NCIC.2
Si usted necesita ayuda para registrar su orden de protección, puede ponerse en contacto con una organización de violencia doméstica local en Georgia para asistencia. Usted puede obtener información de contacto para organizaciones en su área en nuestra página GA Intercesoras y Albergues.
1 O.C.G.A. § 19-13-54(b)
2 O.C.G.A. § 19-13-53