¿Qué protecciones puedo conseguir en una orden de protección contra el acecho?
Una orden ex parte temporaria puede mandarle a el/la demandado/a que:
- deje de acechar, de acosar o de interferir con usted y con su familia inmediata;
- se quede a una distancia de un cierto número de yardas de usted; y
- no tenga contacto, directamente o indirectamente, con usted y con su familia inmediata.1
Una orden de protección final puede hacer cualquier de lo siguiente:
- mandar todas de las protecciones detalladas arriba; y
- ordenar los términos adicionales:
- mandar que el/la demandado/a, o que usted, reciba servicios psiquiátricos o psicológicos para prevenir que el acecho siga en el futuro; y
- mandarle a el/la demandado/a que pague los honorarios de abogado de usted; sin embargo, si usted pierde el caso, el/la juez/a puede mandarle a usted que pague los honorarios de abogado/a de el/la demandado/a.2
Nota: Si también se arresta a el/la acechador/a por acechar, usted también tiene el derecho de ser notificada de la fecha y hora de la audiencia de fianza y de cuándo se libere de custodia a el/la acechador/a si usted le da a la corte un número de teléfono fijo.3
1 O.C.G.A. § 16-5-94(d); vea GA Superior Court Clerks’ Cooperative Authority, petition for a stalking ex parte temporary protective order
2 O.C.G.A. § 16-5-94(d); vea GA Superior Court Clerks’ Cooperative Authority, petition for a stalking twelve month protective order
3 O.C.G.A. § 16-5-93