¿Puedo hacer que mi orden de protección se haga cumplir en Wisconsin? ¿Cuáles son los requisitos?
Cualquier orden de protección dada en los EE.UU. o sus territorios se puede hacer cumplir en Wisconsin siempre y cuando:
- Haya sido otorgada con el propósito de prevenir el comportamiento violento, amenazante o acosador, violencia sexual, o si fue otorgada con el propósito de prohibir que otra persona le contacte o se le acerque.1
- La corte que otorgó la orden tenía jurisdicción sobre las personas y el caso. En otras palabras, el/la juez/a tenía la autoridad para ver el caso.
- El/la agresor/a fue notificado/a de la orden y tuvo la oportunidad de presentarse en la corte y contar su versión de la historia.
- En el caso de las órdenes temporales ex parte y de emergencia, el/la agresor/a debe recibir la notificación de la orden y tener la oportunidad de ir a la corte para contar su versión de la historia en una audiencia que este programada para antes que expire la orden temporal.2
Además, cualquier orden de protección Canadiense contra la violencia doméstica también se puede hacer cumplir en Wisconsin si cumple con requisitos parecidos a los mencionados arriba. Puede leer los requisitos exactos con los que debe cumplir en nuestra página de WI Estatutos.3
Nota: Para información sobre hacer cumplir una orden de protección militar (MPO por sus siglas en inglés) fuera de la base militar, o hacer cumplir una orden de protección civil (CPO por sus siglas en inglés) en una base militar, por favor visite nuestra página Órdenes de Protección Militares.
1 18 U.S.C. § 2266(5)
2 18 U.S.C. § 2265(a) & (b)
3 Wis. Stat. § 813.1283(2)-(4)
¿Puedo cambiar, extender o cancelar mi orden de protección de otro estado en Wisconsin?
Solo el estado que dio su orden de protección puede modificarla, extenderla o cancelarla. Esto no se puede hacer en una corte de Wisconsin.
Para modificar, extender o cancelar su orden, deberá presentar una moción o petición en la corte donde se la dieron. Es posible que pueda pedir presentarse a la audiencia judicial por teléfono en lugar de ir en persona, para que así no tenga que regresar al estado donde vive el/la agresor/a. Para conseguir más información sobre como modificar una orden de restricción, vea nuestra página de Órdenes de Restricción del estado que le dio su orden.
Si su orden expira mientras usted está viviendo en Wisconsin, es posible que pueda conseguir que le den una nueva en Wisconsin, pero esto puede ser difícil si no han ocurrido nuevos incidentes de maltrato en ese estado. Para más información sobre cómo conseguir una orden de protección en Wisconsin, visite nuestra página de WI Interdictos por Maltrato Doméstico.
Me otorgaron la custodia temporal con mi orden de protección. ¿Seguiré manteniendo la custodia temporal de mis hijos en Wisconsin?
Siempre que las disposiciones de la custodia de menores cumplan con ciertas leyes federales, Wisconsin puede hacer cumplir una orden de custodia temporal que sea parte de una orden de protección.1
Para encontrar a alguien que revise su orden y le indique si cumple con estos estándares, contacte a un/a abogado/a en su área. Para encontrar a un/a abogado/a en su área, visite WI Encontrando a un Abogado.
1 Las leyes federales son: la Ley de Jurisdicción Uniforme de Custodia Infantil (UCCJA, por sus siglas en inglés), o La Ley de Jurisdicción y Cumplimiento Uniforme de la Custodia Infantil (UCCJEA, por sus siglas en inglés) y debe concordar con la Ley de Prevención de Secuestro Parental de 1980.