¿Puedo hacer que mi orden de protección se haga cumplir en Wisconsin? ¿Cuáles son los requisitos?
Cualquier orden de protección dada en los EE.UU. o sus territorios se puede hacer cumplir en Wisconsin siempre y cuando:
- Haya sido otorgada con el propósito de prevenir el comportamiento violento, amenazante o acosador, violencia sexual, o si fue otorgada con el propósito de prohibir que otra persona le contacte o se le acerque.1
- La corte que otorgó la orden tenía jurisdicción sobre las personas y el caso. En otras palabras, el/la juez/a tenía la autoridad para ver el caso.
- El/la agresor/a fue notificado/a de la orden y tuvo la oportunidad de presentarse en la corte y contar su versión de la historia.
- En el caso de las órdenes temporales ex parte y de emergencia, el/la agresor/a debe recibir la notificación de la orden y tener la oportunidad de ir a la corte para contar su versión de la historia en una audiencia que este programada para antes que expire la orden temporal.2
Además, cualquier orden de protección Canadiense contra la violencia doméstica también se puede hacer cumplir en Wisconsin si cumple con requisitos parecidos a los mencionados arriba. Puede leer los requisitos exactos con los que debe cumplir en nuestra página de WI Estatutos.3
Nota: Para información sobre hacer cumplir una orden de protección militar (MPO por sus siglas en inglés) fuera de la base militar, o hacer cumplir una orden de protección civil (CPO por sus siglas en inglés) en una base militar, por favor visite nuestra página Órdenes de Protección Militares.
1 18 U.S.C. § 2266(5)
2 18 U.S.C. § 2265(a) & (b)
3 Wis. Stat. § 813.1283(2)-(4)