¿Se puede extender una orden de restricción final por acoso?
Hay una posibilidad de que el interdicto pueda extenderse por un periodo de tiempo (desde la orden inicial) que equivale a diez años, pero solo si usted puede probar que hay un riesgo sustancial de que la persona demandada pueda cometer cualquiera de estos crímenes en su contra:
Si la parte demandada ha sido declarada culpable de cometer agresión sexual en primer, segundo o tercer grado en su contra (secciones (1) a la (3)), puede pedir que el interdicto sea permanente.2