¿Puede la parte demandada modificar o terminar una orden de restricción permanente contra el acoso?
Si usted tiene una orden permanente basada en que la persona agresora fue declarada culpable de agredirle sexualmente en el primer, segundo o tercer grado, la persona agresora puede presentar una moción para que revisen la orden si la sentencia criminal es anulada. El/la juez/a tiene que cambiar (modificar) o quitar (anular) su orden si la persona agresora prueba que la sentencia criminal fue anulada y el/la juez/a considerara todos los factores pertinentes al tomar la decisión. Si su orden ha estado vigente por más tiempo que la cantidad máxima de tiempo que pudo haber estado vigente sin la sentencia criminal por agresión sexual, el/la juez/a la anulará.1