Entréguele sus formularios a el/la secretario/a de la corte. Luego, el/la secretario/a se los dará a el/la juez/a, quien decidirá si hablar o no con usted en una audiencia ex parte. Después de revisar su petición, el/la juez/a puede darle una orden de protección temporal ex parte si usted la solicitó. El/la juez/a le puede dar esta orden si entiende que:
usted está en peligro actual e inmediato de sufrir maltrato doméstico; o
la persona demandada va a salir de la cárcel en 30 días, y hay un peligro actual e inmediato de maltrato doméstico cuando sea liberado/a.1
Aunque el/la juez/a le deniegue la orden ex parte, usted aun tiene derecho a pedir una audiencia para intentar conseguir una orden final. La audiencia sería programada dentro de 30 días y tanto usted como la persona agresora tendrán la oportunidad de presentarle evidencia a el/la juez/a.2