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Información Legal: Nuevo México
Leyes actualizadas al 3 de abril de 2025 Paso 4: Notificación de actos procesales
El agresor debe ser notificado de la audiencia y de las órdenes de protección que a usted le fueron otorgadas por el juez. Normalmente esta labor es realizada por un funcionario a cargo de la aplicación o ejecución de la ley.
No trate de notificarle al agresor usted misma entregándole los documentos personalmente.
Puede preguntar al secretario de la corte o en una organización de violencia doméstica mas detalles acerca de la notificacion al agresor.
Usted puede encontrar más información sobre la notificación del proceso en nuestra página ¿Qué es una notificación y cómo la llevo a cabo?
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