Estatutos Seleccionados: Puerto Rico
- Título 8. Bienestar Público e Instituciones Caritativas
- Capítulo 18. Carta de Derechos de la Persona de Edad Avanzada
- Capítulo 29. Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica
- Subcapítulo I. Disposiciones Generales
- Subcapítulo II. Órdenes de Protección y Aspectos Procesales
- 621. Órdenes de protección
- 621a. Prohibición de órdenes de protección recíprocas
- 621b. Expedición Automática
- 622. Competencia
- 623. Procedimiento
- 624. Notificación
- 625. Órdenes ex parte
- 626. Contenido de las órdenes de protección
- 627. Notificación a las partes y las agencias del orden público y bienestar de menores
- 628. Incumplimiento de órdenes de protección
- Subcapítulo III. Conducta Delictiva; Penalidades y Otras Medidas
- Subcapítulo V. Disposiciones Suplementarias
- Capítulo 30. Ley de Archivo Electrónico de Órdenes de Protección
- Capítulo 45A. Ley para la Protección de las Víctimas de Violencia Sexual en Puerto Rico
- 1281. Ordenes de protección
- 1282. Ordenes de protección-contenido
- 1283. Ordenes de protección-revisión
- 1284. Ordenes de protección-víctimas incapacitadas o menores
- 1285. Órdenes de protección-procedimiento para la expedición
- 1286. Órdenes de protección-requisitos
- 1287. Notificación a las partes y a las agencias del orden público
- 1288. Incumplimiento de órdenes de protección
- Capítulo 56. Ley para la Prevención del Maltrato, Preservación de la Unidad Familiar y para la Seguridad, Bienestar y Protección de los Menores
- Subcapítulo I. Disposiciones Introductorias y Política Pública
- Subcapítulo VI. Órdenes de Protección
- 1758. Personas autorizadas a solicitar órdenes de protección a favor de un menor
- 1759. Procedimiento para solicitar la orden
- 1760. Expedición de órdenes de protección
- 1761. Órdenes ex parte
- 1762. Contenido de las órdenes de protección
- 1763. Notificación a las partes y a las agencias de orden público
- 1764. Incumplimiento con órdenes de protección
- Título 25. Seguridad Interna
- Parte V. Reglamentación de Armas de Fuego, Explosivos y otros Artefactos
- 462a Licencia de armas
- 462h Fundamentos para rehusar expedir licencias
- 462l Motivos fundados para facultar a los agentes del orden público a ocupar armas sin orden judicial
- 466d Portación, transportación o uso de armas de fuego sin licencia
- 466g Posesión de armas de fuego sin licencia
- 467h Recibo, custodia y disposición de armas depositadas u ocupadas por el Negociado de la Policía; destrucción de armas utilizadas en la comisión de delitos graves
- Parte V. Reglamentación de Armas de Fuego, Explosivos y otros Artefactos
- Título 31. Código Civil de Puerto Rico 2020
- Título 32. Código de Enjuiciamiento Civil de Puerto Rico, Sub. V Otras Acciones
- Capítulo 258. Ley Protectora de los Derechos de los Menores en el Proceso de Adjudicación de Custodia
- 3181. Declaración de la política pública
- 3185. Criterios a considerarse en la adjudicación de la custodia
- 3187. Cuando la custodia compartida no será considerada como beneficiosa y favorable para los mejores intereses de los menores de edad
- 3188. La determinación de un tribunal sobre custodia de menores no constituye cosa juzgada
- Capítulo 258. Ley Protectora de los Derechos de los Menores en el Proceso de Adjudicación de Custodia
- Título 32A. Apéndice V- Reglas de Procedimiento Civil (2009)
- Título 33. Código Penal
- Parte Especial, 1937
- Parte Especial, 1974
- Capítulo 251. Delitos Contra la Vida
- 4013. Definiciones
- 4015. Expedición de órdenes de protección
- 4016. Procedimiento para la expedición de ordenes de protección
- 4017. Ordenes ex parte
- 4018. Contenido de las ordenes de protección
- 4019. Notificación a las partes y a las agencias del orden público
- 4020. Incumplimiento de ordenes de protección
- 4021. Deber de efectuar arresto al presentar orden de protección
- 4023. Independencia de las acciones civiles
- Capítulo 251. Delitos Contra la Vida
- Parte General, 2012
- Parte Especial, 2012
- Titulo I. Delitos contra la Persona
- Capítulo II. Delitos contra la Integridad Corporal
- Capítulo III. Delitos contra la Familia
- Capítulo IV. Delitos contra la Indemnidad Sexual
- Capítulo V. Delitos contra los Derechos Civiles
- Titulo II. Delitos contra la Propiedad
- Titulo I. Delitos contra la Persona
Actualizada:
25 de noviembre de 2023Si la agresión descrita en la sec. 5161 de este título ocasiona una lesión que requiera hospitalización, o tratamiento prolongado, excluyendo las lesiones mutilantes, será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de ocho (8) años.
Esta modalidad incluye, aquellas en las cuales se transmite una enfermedad, siendo este hecho conocido por el autor.
Si la agresión ocasiona una lesión mutilante, será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de quince (15) años.
Se entenderá como lesión mutilante, el ocasionar un daño permanente en cualquier parte del cuerpo a una persona, desfigurar el rostro o inutilizar permanentemente su capacidad para oír, ver o hablar.