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Estatutos Estatales Seleccionados: Puerto Rico

Estatutos seleccionados de Puerto Rico

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Actualizada: 
23 de septiembre de 2025

622. Competencia

Cualquier juez del Tribunal de Primera Instancia o juez municipal podrá dictar una orden de protección conforme a este capítulo. Toda orden de protección podrá ser revisada, en los casos apropiados, en cualquier sala de superior jerarquía y en aquellas instancias pertinentes en las Salas de Relaciones de Familia.