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Leyes actualizadas al 30 de agosto de 2024

¿Necesito algo especial para hacer cumplir mi orden de protección en otro estado?

En ciertos estados será necesaria una copia certificada de su orden de protección civil. Una copia certificada demuestra que esta es una copia real y correcta; está firmada y tiene las iniciales de el/la secretario/a de la corte quien le dio la orden y usualmente lleva una estampa o sello de la corte.

Si su copia no está certificada, puede llamar o ir a la corte en la que la ordenaron y pedirle a el/la secretario/a una copia certificada. No hay un costo asociado con obtener una copia certificada de una orden de protección civil en Washington, D.C.

Nota: Es una buena idea mantener una copia de la orden con usted en todo momento. Querrá también traer consigo varias copias de su orden al mudarse. Deje copias de la orden en su lugar de trabajo, en casa, en la escuela o guardería de sus niños/as, en su auto, con un/a vecino/a de confianza, etc. Déle una copia a el/la guardia de seguridad o a el/la portero/a del sitio donde trabaja y/o vive. Entréguele una copia a toda persona que sea nombrada y protegida en la orden de protección.