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Información Legal: Distrito de Columbia
Leyes actualizadas al 30 de agosto de 2024 ¿Puedo renovar una orden de protección por riesgo extremo?
Si usted es quien solicita una orden de protección por riesgo extremo (conocido/a como el/la peticionario/a), puede pedir que el/la juez/a extienda la orden antes de que expire. Por lo menos 120 días antes de que expire la orden, es necesario que la corte le avise por escrito a usted que la orden va a expirar y le dé instrucciones de cómo renovar la orden.1 Al decidir si una orden de protección por riesgo extremo será renovada, el/la juez/a considerará los mismos factores que consideró al decidir si dar o no dar la orden original.2
1 D.C. Code § 7-2510.06(a)
2 D.C. Code § 7-2510.06(d)
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