¿Cuál es la definición legal de agresión sexual en el Distrito de Columbia?
Usted es elegible para solicitar una orden de protección civil (CPO) contra una persona sin importar su relación con él/ella si él/ella comete una agresión sexual en su contra.1
Hay varios crímenes de agresión sexual en D.C.:
- abuso sexual (1er grado, 2do grado, 3er grado, 4to grado, y delito menor);
- abuso sexual de niños/as (menor de 16) y menores (menor de 18):
- abuso sexual de un/a niño/a (1er grado y 2do grado);
- abuso sexual de un/a menor (1er grado y 2do grado);
- delito menor de abuso sexual de un/a niño o menor;
- seducir a un/a niño o menor;
- planificar contacto sexual con un/a niño;
- usar a un/a menor en presentaciones sexuales;
- crímenes de trata sexual y prostitución:
- trata sexual de niños/as;
- secuestrar/seducir/albergar a un/a niño para propósitos de prostitución;
- complacer, inducir/convencer a una persona para que se envuelva en prostitución;
- convencer a una persona de vivir una vida de prostitución en contra de su voluntad;
- causar que un/a esposo/a o pareja de hecho viva en prostitución;
- retener a una persona en una casa desordenada por una deuda;
- incesto;
- abuso sexual de personas vulnerables:
- intentar cometer cualquiera de estos crímenes.2
1 D.C. Code § 16-1001(14)
2 D.C. Code § 23-1907(9)