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Información Legal: Carolina del Sur
Leyes actualizadas al 2 de julio de 2024 ¿Soy elegible para conseguir una orden de protección?
Usted es elegible para solicitar una orden de protección si usted o sus hijos/as han sido víctima de actos de maltrato por parte de:
- su actual o ex esposo/a, incluyendo esposos/as del mismo sexo;
- una persona con la cual usted tenga un/a hijo/a en común; o
- una persona con quien usted conviva haya convivido de manera romántica (“cohabitar”), incluyendo parejas del mismo sexo.1
Si está buscando protección de acoso o acecho, es posible que sea elegible para otro tipo de orden. Vea nuestra página de Órdenes de Restricción contra el Acecho o Acoso.
Si usted es menor de 18 años,2 un/a adulto/a miembro del hogar puede solicitar una orden de protección por usted.3
1 S.C. Code § 20-4-20(b); Jane Doe v. State of South Carolina, 421 S.C. 490, 808 S.E.2d 807 (2017)
2 S.C. Code § 20-4-30
3 S.C. Code § 20-4-40(a)
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