¿Tengo que registrar mi orden de protección en Utah para que se haga cumplir?
La ley del estado de Utah le da protección completa a una orden de otro estado siempre y cuando usted pueda mostrarle una copia de la orden a el/la oficial y pueda decirle verdaderamente que usted cree que la orden aún está vigente, o que de alguna otra manera el/la oficial crea que existe una orden válida (real).1 No tiene que ser añadida al registro estatal o federal para que un/a oficial de la policía de Utah la pueda hacer cumplir, pero el/la oficial sí necesita creer que es una orden válida.
1 UT ST § 78B-7-304(4)