¿Pueden dos personas tener órdenes de protección entre sí (órdenes mutuas)?
Cuando dos personas tienen órdenes de protección entre sí, a esto se le conoce como “órdenes mutuas”. Una corte sólo puede dar órdenes mutuas si cada persona:
- presenta una petición independiente en contra de la otra para una orden de protección, y ambas peticiones son notificadas. En otras palabras, si solamente una persona presenta una petición, un/a juez/a no puede decidir dar órdenes mutuas como resultado de esa única petición;
- prueba en la audiencia que la otra persona cometió maltrato o violencia doméstica; y,
- prueba que el maltrato o la violencia doméstica que cometió la otra persona no fue en defensa propia.1
Sin embargo, si la persona solicitando la orden de protección ya es el/la demandado/a (o acusado/a criminal) en una orden de protección contra la violencia en el noviazgo, orden de protección contra el maltrato de cohabitante (de Utah o de otro estado), orden de protección de menores o una orden ex parte de protección de menores existente, las siguientes restricciones adicionales aplican antes que pueda dar la orden:
- el caso se debe ver en la misma corte que dio la orden de protección existente; o,
- si el caso se está viendo en una corte diferente, el/la juez/a debe:
- determinar que no sería práctico que la corte original viera el caso; o,
- contactar la corte que dio la orden de protección original para discutir el asunto.2
1 UT ST § 78B–7–108(1)
2 UT ST § 78B–7–108(3)