¿Qué tipos de ordenes de restricción contra el acoso hay? ¿Cuánto duran?
Cuando usted solicita una orden, el/la juez/a puede dar una orden temporal ex parte sin notificarle a la persona agresora de antemano. El/la juez/a debe creer que sufrirá algún daño, pérdida o perjuicio irreversible (irreparable) si usted tuviera que notificarle a la persona agresora y esperar a la audiencia. Entonces, la persona agresora recibirá la notificación de la orden y tendrá diez días para solicitar una audiencia para mostrar causa si quiere oponerse a (objetar) la orden. Si la persona agresora pide la audiencia, esta será programada dentro de 30 días. Por lo tanto, la orden ex parte podría durar hasta 40 días.
Sin embargo, si la persona agresora no pide una audiencia, entonces la orden de protección contra el acoso que el/la juez/a dio ex parte durará un año.1