Paso 3: Notificación
Si el/la juez/a le da una orden ex parte, se le hará la notificación de la orden a la persona agresora junto con un formulario para que solicite una “audiencia para mostrar causa”. Nota: Si la persona agresora quiere solicitar una audiencia para oponerse a que se otorgue la orden, debe devolver el formulario a el/la secretario/a de la corte dentro de los próximos diez días laborables a partir de haber recibido la orden. La audiencia se programará dentro de los próximos 30 días.1
Los tribunales enviarán copias de sus documentos a la policía, que intentará hacerle la notificación de los documentos a la persona agresora.2 El/la alguacil (“sheriff”) irá a la casa de esta persona, a su trabajo o a cualquier otro lugar donde la pueda encontrar para entregarle los documentos. Si usted cree que notificarle los documentos a la persona demandada en su trabajo o en cualquier otro lugar podría ponerle a usted en peligro, puede incluir esta información en los formularios que complete y pedir que no se le haga la notificación en ese lugar. La orden no será válida hasta que la policía le haya notificado a la persona demandada.
Puede encontrar más información sobre la notificación en nuestra sección Preparándose para la corte – por su cuenta, en la pregunta ¿Qué es una notificación y cómo la llevo a cabo?
1 NE R.S. § 42-925(1)
2 NE R.S. § 42-926(1)