Si la persona agresora viola la orden de protección, usted puede llamar a la policía o a el/la alguacil (“sheriff”) aunque crea que se trata de una violación menor. Violar una orden de protección puede ser un delito menor Clase I. Si la persona agresora tiene una condena anterior por violar cualquier orden de protección, la violación de su orden puede considerarse un delito grave Clase IV.1
Puede llamar al 911 inmediatamente y la policía puede arrestar a la persona agresora si tienen causa probable para creer que violó la orden.2
1 NE R.S. § 28-311.11(4) 2 NE R.S. § 28-311.11(10)