Aunque Colorado no tenga una “orden de protección en el empleo” separada, como algunos estados tienen, la ley de Colorado autoriza que un/a propietario/a de un negocio pueda solicitar una orden de protección contra la violencia doméstica a nombre del negocio si es que éste/a cree que sus empleados/as o clientes están expuestos al peligro inmediato que provoca el/la agresor/a.1 Por ejemplo, si la víctima del maltrato está siendo acechada en el empleo por el/la agresor/a, un/a empleador/a puede solicitar una orden para proteger no solo a la víctima sino también los/las otros/as empleados/as. Si el/la juez/a o magistrado encuentra que los/las empleados/as o los/las clientes de un negocio están en peligro inmediato, él/ella puede conceder la orden para mantener a el/la agresor/a alejado/a del negocio.1