Me fue otorgada la custodia temporal con mi orden de protección. ¿Se puede hacer cumplir la orden temporal de custodia en otros estados?
La custodia, visitación y cualquier provisión de manutención de niños que haya sido incluida en la orden es aplicable en todos los estados. Tanto los judiciales que aplican la ley como las cortes de otro estado tienen la obligación, por ley federal, de hacer cumplir tales provisiones.1