La ley dice que una persona adulta puede solicitar en nombre de una víctima menor de edad.1 La ley no especifica si la persona adulta tiene que ser uno de los padres o el/la tutor/a de el/la menor. La ley tampoco dice específicamente que un/a menor no puede solicitar la orden por su cuenta.
Es posible que desee llamar a la corte local para averiguar cuáles son sus opciones si usted es un/a menor de edad que quiere:
presentar una petición por su cuenta sin una persona adulta; o
que una persona adulta que no sea uno de sus padres o su tutor/a lo haga por usted.