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: Kentucky

Órdenes de restricción

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Leyes actualizadas al 10 de diciembre de 2025

¿Qué puedo hacer si la persona agresora viola la orden?

Si la persona agresora viola su orden intencionalmente, sus acciones pueden considerarse como desacato a la corte y una ofensa criminal. Hay dos maneras distintas de obtener ayuda, pero la ley estatal requiere que escoja solo una. Usted puede presentar un caso civil o un caso criminal por la violación, pero no ambos. Una vez haya presentado un caso, no puede presentar el otro por la misma violación, independientemente del resultado del proceso.1

A través de la policía o el/la alguacil (criminal)

Usted puede llamar al 911 aunque crea que es una violación menor. Es posible que también pueda presentar una denuncia criminal. La persona agresora puede ser arrestada y procesada por el crimen de violar la orden, además de cualquier otro crimen que haya cometido mientras la violaba, como agresión, acecho, etc.

Es buena idea que escriba los nombres y números de placa de los/as oficiales que le atendieron en caso de que quiera darle seguimiento al caso. Es posible que quiera asegurarse que se haga un informe policial, aunque no arresten a la persona agresora. Si tiene los documentos legales de todas las violaciones a la orden, eso podría servirle de ayuda para extender o cambiar (modificar) su orden en un futuro.

A través del Sistema Judicial Civil (civil)

Si la persona agresora no ha sido arrestada, es posible que pueda presentar una demanda por desacato civil en la corte que dio la orden visitando la oficina de el/la secretario/a.2 Deberá llenar algunos formularios que el/la secretario/a le dará. También tendrá que ir a una audiencia judicial para probar que la persona agresora violó la orden.

Para más información sobre el desacato, incluyendo la diferencia entre el desacato criminal y el civil, vaya a nuestra página general de Órdenes de restricción contra la violencia doméstica.

Nota: Si un/a juez/a en la corte criminal o civil entiende que la persona agresora ha violado su IPO, puede presentar una moción para enmendarla para pedir que la persona agresora tenga que usar un dispositivo GPS. El/la juez/a le puede dar lo que pide si:

  • la persona agresora ha cometido una “violación sustancial” de su orden de protección interpersonal; y
  • el/la juez/a entiende que el servicio del dispositivo GPS aumentaría su seguridad.3

Una “violación sustancial” es un acto criminal que involucre hacerle daño o una amenaza de hacerle daño a usted, su familia, sus bienes o una mascota de la casa.4

Para más información, puede ir a la página 6 del folleto Cómo obtener una orden de protección de la Oficina Administrativa de los Tribunales de Kentucky.

1 Ky. Rev. Stat. § 456.180(1)
2 Ky. Rev. Stat. § 456.180(2)(a)
3 Ky. Rev. Stat. § 456.100(1)
4 Ky. Rev. Stat. § 456.010(10)