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Información Legal: Texas

Órdenes de Restricción

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Leyes actualizadas al 29 de febrero de 2024

¿Puedo hacer cumplir mi orden de otro estado en Texas? ¿Cuáles son los requisitos?

Su orden de protección se puede hacer cumplir en Texas siempre y cuando:

  • Se haya dado para evitar actos violentos o amenazantes, comportamiento acosador o violencia sexual, o para impedir que otra persona se acerque a usted o le contacte.1
  • El/la juez/a que dio la orden tenía jurisdicción sobre las personas y el caso. (En otras palabras, el/la juez/a tenía la autoridad para ver el caso.)
  • La persona agresora recibió la notificación de la orden y tuvo la oportunidad de ir a corte y contar su versión de la historia. En el caso de las órdenes temporales ex parte y de emergencia, la persona agresora debe recibir la notificación y tener la oportunidad de ir a corte y contar su versión de la historia en una audiencia que esté programada para antes de que la orden temporal expire.2

 

Nota: Para información sobre cómo hacer cumplir una orden de protección militar (MPO por sus siglas en inglés) fuera de una base militar o una orden de protección civil (CPO por sus siglas en inglés) dentro de una base militar, por favor vea nuestra página Órdenes de protección militares.

1 18 U.S.C. § 2266(5)
2 18 U.S.C. § 2265(a), (b)

¿Qué pasa si nunca se hizo la notificación de la orden de protección y la persona agresora viola la orden?

Si usted reporta una violación de una orden de protección de otro estado en Texas, pero la persona agresora nunca fue notificada, la policía no tiene necesariamente que arrestar a la persona agresora por la violación. La policía tiene que informarle a la persona agresora que hay una orden y hacer un esfuerzo razonable para notificarle con la orden. Entonces, la policía tiene que darle a la persona agresora una oportunidad razonable para cumplir con lo que la orden dice antes de hacerla cumplir.1 Por lo tanto, es posible que la policía no arreste a la persona agresora por esta primera violación ya que no fue notificada con la orden en el momento en que la “violó”. Sin embargo, la policía sí puede arrestar a la persona agresora por cualquier otro crimen cometido en ese momento.

1 Tex. Fam. Code § 88.004(d)

¿Puedo cambiar, extender o cancelar mi orden de protección de otro estado en Texas?

Generalmente, solo el estado que dio su orden de protección puede cambiarla, extenderla o cancelarla. Para cambiar, extender o cancelar su orden, puede que tenga que presentar una moción o petición en la corte que dio la orden. Es posible que pedir presentarse a la audiencia judicial por teléfono o en video en vez de en persona para que no tenga que volver al estado donde vive la persona agresora. Averigüe si esto es posible llamando a el/la secretario/a de la corte que dio su orden. Para conocer más sobre como cambiar su orden, vea la página Órdenes de restricción del estado donde se dio su orden. Para conseguir la información de la corte que dio su orden, vaya a Tribunales y escoja el estado del menú desplegable.

Si su orden expira mientras está viviendo en Texas, es posible que pueda conseguir una orden de protección nueva en Texas. Sin embargo, esto puede ser difícil de hacer si no han ocurrido nuevos incidentes de maltrato en Texas. Para averiguar cómo conseguir una orden de protección en Texas, visite nuestra página Órdenes de restricción de Texas.

Me dieron una orden de custodia temporal con mi orden de protección de otro estado. ¿Tendré custodia temporal de mis hijos en Texas?

Siempre y cuando la parte de custodia de menores de su orden cumpla con los estándares de ciertas leyes federales, se puede hacer cumplir en Texas.1

Puede contactar a un/a abogado/a en su área para que lea su orden y le diga si cumple con estos estándares. Para encontrar un/a abogado/a en su área, vaya a nuestra página Encontrando a un abogado en Texas.

1 Las leyes federales son la Ley Uniforme de Jurisdicción de la Custodia de Menores (UCCJA por sus siglas en inglés) o la Ley Uniforme de Jurisdicción y Cumplimiento de la Custodia de Menores (UCCJEA por sus siglas en inglés) y la Ley de Prevención de Secuestro Parental de 1980.