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Leyes actualizadas al 29 de febrero de 2024

¿Qué es una orden de protección de emergencia de un magistrado? ¿Cuánto dura?

Una orden de protección de emergencia de un/a magistrado/a (lo que mucha gente conoce como “orden de protección de emergencia”) es dada por la corte criminal después de que la persona agresora es arrestada por cometer actos de violencia familiar, agresión sexual, abuso sexual, agresión indecente, acecho o tráfico.1

No tiene que estar presente en la corte para que se dé este tipo de orden.2 El/la magistrado/a puede decidir dar esta orden si usted lo pide, o si lo pide su tutor/a, un/a policía, el/la abogado/a del estado, el/la fiscal o por decisión de el/la magistrado/a. Sin embargo, si el crimen involucró violencia familiar que resultó en una herida grave física o si la persona agresora utilizó (o mostró) un arma mortal mientras cometía la violencia familiar, el/la magistrado/a tiene que dar esta orden incluso si nadie lo pide.3

Una orden de protección de emergencia de un/a magistrado/a suele durar de 31 a 61 días. Sin embargo, si la persona agresora fue arrestada por un crimen que involucró violencia familiar que resultó en una herida grave física o si la persona agresora utilizó (o mostró) un arma mortal mientras cometía la violencia familiar, la orden puede durar de 61 a 91 días.2

Nota: El resto de la información que está en nuestra página “Órdenes de protección contra la violencia familiar” se refiere a órdenes de protección temporales y permanentes que son dadas cuando una víctima va a la corte civil para solicitar una, no a este tipo de orden de protección de un/a magistrado/a.

1 Texas C.C.P Art. 17.292(a)
2 Texas C.C.P Art. 17.292(d)
3 Texas C.C.P Art. 17.292(a), (b)
4 Texas C.C.P Art. 17.292(j)