¿Qué puedo hacer si la persona acosadora viola la orden?
Para hacer cumplir un interdicto contra el acoso, tendría que reportar la violación a la policía o la corte. Si la persona acosadora viola el interdicto intencionalmente, eso puede ser un crimen y/o desacato a la corte. Recuerde que puede llamar a la policía aunque crea que es una violación menor.
| Si la persona acosadora… | Entonces quizás quiera… |
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Cuando llame a la policía, enviarán a un/a oficial para que haga un reporte. Muéstrele su interdicto contra el acoso a el/la oficial. Si la policía presencia la violación o la parte demandada aún se encuentra en el área, puede hacer un arresto. El crimen de violar un interdicto contra el acoso es un delito menor. Si la persona acosadora es declarada culpable, el/la juez/a puede sentenciarla a recibir consejería adecuada. Si es declarada culpable más de una vez, puede que tenga que ir a la cárcel.1
Ya sea que la parte demandada sea arrestada o no, la policía puede presentar un informe. Es buena idea que escriba los nombres y números de placa de los/as oficiales que le atendieron en caso de que quiera darle seguimiento al informe.
Si la parte demandada no fue arrestada, o si usted no está seguro/a de lo que ocurrió, puede que quiera llamar al programa de Víctimas/Testigos de la Fiscalía de su circuito lo antes posible para dejarles saber que hizo un informe policial por la violación de un interdicto contra el acoso.
Si la parte demandada fue arrestada, usted no tiene que llamar a la Oficina del Fiscal porque se involucrarán automáticamente. Sin embargo, puede contactarles si necesita información o tiene preguntas sobre qué esperar.
1 Haw. Rev. Stat. § 604-10.5(i)




