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Leyes actualizadas al 1 de agosto de 2024

¿Puedo presentar una moción para cambiar o terminar mi orden de protección para un adulto vulnerable?

Una persona adulta vulnerable que no esté sujeta a una tutela, custodia o acuerdo de protección por ley puede presentar una petición para cambiar (modificar) o terminar una orden de protección completa en cualquier momento después que se haya dado. Si la persona adulta vulnerable sí está sujeta a una tutela, custodia o acuerdo de protección, entonces esa persona puede presentar la petición para cambiar o terminar la orden de protección. Es posible que la persona adulta vulnerable también pueda presentar la petición, dependiendo de los términos de la tutela, etc.1

Al modificar la orden, el/la juez/a puede incluir cualquiera de las protecciones que pudieron ser incluidas en la primera audiencia para dar la orden.2

1 R.C.W. § 7.105.510(1)
2 R.C.W. § 7.105.510(2)