¿Cómo puedo hacer que mi orden de protección sea cumplida en otro estado?
La ley federal no requiere que usted tome ningún paso especial para hacer que su orden de protección sea respetada en otro estado.
Varios estados tienen leyes o regulaciones acerca de registrar las órdenes de protección provenientes de otros estados, lo que puede hacer más fácil que una orden se haga cumplir. Sin embargo, una orden de protección se tiene que hacer cumplir independientemente de que esta haya sido o no registrada en el nuevo estado.1 Estas regulaciones cambian dependiendo del estado, así que puede ayudarle averiguar las regulaciones en el nuevo estado. Para más información, puede comunicarse con una organización contra la violencia doméstica para encontrar una en su área, haga vaya a la página de Intercesoras y Albergues y seleccionando el nuevo estado en el menú desplegable.
1 18 U.S.C. § 2265(d)(2)
¿Necesito hacer alguna cosa especial para que mi orden de protección se pueda hacer cumplir en otro estado?
En algunos estados, necesitará una copia certificada de su orden de protección contra la violencia doméstica. Para conseguir una copia certificada puede ir a la corte y pedirla o enviar una solicitud por correo.
Nota: Es una buena idea mantener una copia de la orden con usted en todo momento. También, puede que quiera dejar copias de la orden en su trabajo, hogar, en la escuela o cuido de sus hijos/as, en su carro, con un/a vecino/a de confianza, etc. También puede querer darle una copia a el/la guardia de seguridad o a la persona de recepción del lugar donde usted vive y/o trabaja junto con una foto de la persona agresora y darle una copia de la orden a cualquier persona que aparezca en y esté protegida por la orden.
¿Es posible obtener ayuda? ¿Necesito un abogado?
No necesita un/a abogado/a para hacer cumplir su orden de protección en otro estado.
Sin embargo, es posible que quiera conseguir ayuda de un/a intercesor/a de violencia doméstica o abogado/a local en el nuevo estado donde está viviendo. Un/a intercesor/a de violencia domestica puede informarle sobre las ventajas y desventajas de registrar su orden de protección en contra de la violencia doméstica y ayudarle en el proceso si decide hacerlo.
Para encontrar a un/a intercesor/a de violencia doméstica o abogado/a en el estado al que se está mudando, seleccione su estado en la página de Intercesoras y Albergues para intercesores/as y en la página Encontrando a un Abogado para servicios legales.
¿Si me mudo, le tengo que avisar a la corte en Washington?
Si no va a recibir el correo en su dirección anterior, quizás quiera darle a la corte la nueva dirección a donde pueden enviar cualquier comunicación. Es posible que la corte que le otorgó la orden de protección necesite una dirección actualizada en todo momento para que pueda ser notificada cualquier petición de el/la agresor/a si es que éste/a le solicita a el/la juez/a que modifique o cambie la orden de protección.
Si provee su nueva dirección al personal de la corte, asegúrese de dejarles saber que quiere mantenerla confidencial. Debe mantenerse en una parte confidencial de su expediente donde el público no tendrá acceso a ella. Si se siente inseguro/a dando su nueva dirección, quizás puede utilizar la dirección de un/a amigo/a en quien confíe o un P.O. box.