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Información Legal: Washington
Leyes actualizadas al 1 de agosto de 2024 ¿Se puede renovar una orden de protección por riesgo extremo?
La corte tiene que notificarle a la parte peticionaria 105 días antes de que expire la orden. La parte peticionaria puede presentar una moción para renovar la orden en cualquier momento durante los 90 días antes de que expire la orden. El/la juez/a programará una audiencia dentro de 14 días. La parte demandada deberá ser notificada de la moción y deberá tener la oportunidad de ir a la audiencia para oponerse a (objetar) la renovación. El/la juez/a considerará la evidencia de ambas partes para decidir si renueva la orden. Si el/la juez/a determina que los requisitos para dar la orden de protección de riesgo extremo siguen cumpliéndose, renovará la orden. La renovación de la orden durará un año. Una orden de protección por riesgo extremo puede renovarse varias veces.1
1 R.C.W. § 7.105.410
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