¿Soy elegible para solicitar una orden de protección contra la agresión sexual?
Para obtener una orden de protección contra la agresión sexual, es necesario demostrar que ha sido la víctima de conducta sexual o penetración no consensual. El/la juez/a no puede exigirle pruebas de daños físicos o de que haya denunciado la agresión sexual a la policía al considerar si va a darle la orden o no.1
Si usted fue sexualmente agredido/a por una actual o ex pareja íntima o un familiar o miembro del hogar, es posible que califique para una orden de protección contra la violencia doméstica. Sin embargo, un/a juez/a no puede denegarle su orden de proteción contra la agresión sexual basado en que usted también calificaría para otro tipo de orden.2
Nota: Si el/la juez/a entiende que usted fue víctima de agresión sexual, no puede denegar su petición para una orden de protección contra la agresión sexual, incluso si cualquiera de las siguientes es cierta:
- usted o la persona ofensora estaba voluntariamente intoxicado/a con alcohol o drogas;
- usted participó en toques sexuales consensuales antes de la agresión sexual;
- usted no denunció la agresión sexual a la policía;
- usted o la persona ofensora son menores (tienen menos de 18 años); o
- usted no tiene pruebas de daños físicos.1
Estas cosas no deben importarle a el/la juez/a al decidir si darle o no una orden de protección contra la agresión sexual.
1 R.C.W. § 7.105.225(2)-(3)
2 R.C.W. § 7.105.100(5)