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Leyes actualizadas al 17 de diciembre de 2020

¿Qué pasa si deniegan mi solicitud de asilo?

Si usted solicita asilo con el USCIS y no aprueban su solicitud, si usted no tiene cualquier otro estatus migratorio, como visa de estudiante o visitante para el cual su visita no haya expirado, darán una Notificación de comparecencia para los procesos de remoción (deportación) y tendrá que presentarse en la corte de inmigración. En ese momento, puede pedirle asilo nuevamente a el/la juez/a de inmigración.

Si pide asilo como parte de su defensa en los procesos de remoción, y el/la juez/a de inmigración dice que usted no califica y no tiene otras solicitudes de estatus migratorio pendientes, le darán una orden de remoción de los Estados Unidos. Usted puede apelar esa decisión en la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA por sus siglas en inglés), que es la corte máxima en nuestro sistema judicial de inmigración. Si la BIA deniega su solicitud, su orden de remoción será final. Todavía puede apelar en una corte federal y pedir que suspendan su orden final de remoción mientras apela la decisión. Si la corte federal también le deniega el asilo, o si usted no presenta una apelación cuando el/la juez/a de inmigración deniega su caso, podría ser deportado/a si las autoridades de inmigración deciden hacer cumplir su orden de remoción. Es casi imposible hacer cualquiera de estas cosas exitosamente sin un/a abogado/a con experiencia en asilo.

Es importante saber que si usted pierde su caso de asilo y le dan una orden final de remoción, es posible que aún pueda solicitar un remedio basado en sobrevivientes en forma de una visa U, visa T or auto petición de VAWA . Es importante que hable con un/a abogado/a si tiene cualquier pregunta sobre cómo solicitar una de estas opciones, especialmente si tiene una orden de remoción.

Para encontrar una lista de recursos legales en su área, por favor vea nuestra página de Encontrando a un abogado y seleccione su estado o vea nuestra página de Organizaciones nacionales: Inmigración.