Una vez que tenga la residencia permanente, ¿cuándo puedo solicitar mi ciudadanía?
Si usted fue elegible para una VAWA a través de su matrimonio con un/a ciudadano/a maltratante de los EE.UU. o debido a que es el/la hijo/a de un/a padre/madre maltratante ciudadano/a de los EE.UU., usted puede solicitar la ciudadanía (naturalización) después de tener su residencia legal permanente por tres años.
Si usted fue elegible para una VAWA a través de su matrimonio con un/a residente legal permanente maltratante de los EE.UU. o debido a que es el/la hijo/a de un/a padre/madre residente legal permanente maltratante de los EE.UU., o debido a que es el/la padre/madre de un/a ciudadano/a maltratante de los EE.UU., usted puede solicitar la ciudadanía (naturalización) después de tener su residencia legal permanente por cinco años.1