¿Qué es la cancelación de la remoción bajo VAWA?
Si usted está en procedimientos de remoción (deportación) ante un/a juez/a de inmigración, y es maltratado/a por su esposo/a o padre/madre ciudadano/a de los Estados Unidos (USC) o residente permanente legal (LPR) o tiene un/a hijo/a en común con una USC/LPR que es maltratado/a por el USC o LPR, es posible que pueda solicitar la cancelación de la remoción bajo VAWA.1 Si una solicitud de cancelación de la remoción es aprobada, el proceso de remoción puede ser terminado y usted puede recibir la residencia permanente legal.2 Debido a que para poder calificar para la cancelación de remoción de VAWA, usted tiene que estar en proceso de remoción (deportación), es extremadamente importante que usted tenga un/a abogado/a de inmigración con experiencia en VAWA que la aconseje y represente. Para determinar si usted califica para la cancelación de la remoción bajo VAWA u otro tipo de beneficio migratorio, usted debe considerar contactar a un/a abogado/a de inmigración con experiencia en VAWA.
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1 INA § 240A(b)(2); 8 CFR § 1240.11(a)(1)
2 INA § 240A(b)(2)(A)