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Leyes actualizadas al 30 de julio de 2024

Ahora que tengo estatus de visa T, ¿puedo solicitar estatus de residente permanente?

Alguien con estatus de visa T puede solicitar la residencia permanente (una “tarjeta verde”) si:

  1. ha estado en los Estados Unidos por cualquier cantidad de tiempo de las siguientes, la que sea más corta:
    • un periodo continuo de por lo menos tres años después de recibir estatus de visa T; o
    • un periodo continuo durante la investigación o el enjuiciamiento de su informe de la trata, y la investigación o el enjuiciamiento se completó;
  2. ha sido una persona de “buen carácter moral” desde que se le dio estatus de visa T;
  3. ha cumplido con las peticiones razonables de las agencias que hacen cumplir la ley desde que se le dio estatus de visa T o recibió una excepción (exención) de cumplimiento o de reportar basada en edad o trauma, o sufriría dificultad extrema que involucra daño grave e inusual si él/ella fuese removido/a de los Estados Unidos; y
  4. no ha cometido actos que activen las barreras de la ley de inmigración (“bases de inadmisibilidad”). Si usted ha hecho algo que le hace inadmisible, aún puede solicitar una tarjeta verde si le perdonaron el acto cuando solicitó su visa T o si presenta una solicitud nueva para que le perdonen la base de inadmisibilidad ahora.1 Es sumamente importante que hable con un/a abogado/a si esto pudiera aplicarle, para que averigüe si puede argumentar que no le aplica, o puede presentar una solicitud de perdón firme.

Para solicitar la residencia permanente, que se conoce como “ajustar su estatus”, debe presentar el Formulario I-485.

Nota: “Buen carácter moral” es definido por una lista de ciertos comportamientos. La ley especifica actos y crímenes que, si se cometen, pueden impedir que usted reciba muchos tipos de estatus legales, incluyendo una tarjeta verde basada en su estatus de visa T o la naturalización para convertirse en un/a ciudadano/a de los Estados Unidos. Las barreras más comunes para demostrar buen carácter moral están basadas en comportamiento criminal.2 Un/a abogado/a podría depender de las decisiones anteriores de la corte federal y la de inmigración (conocido como “jurisprudencia”) para superar estas barreras. Esto es, nuevamente, un área que requiere la atención de un/a abogado/a de inmigración con experiencia. Para encontrar un/a abogado/a de inmigración, visite nuestra página de Organizaciones nacionales - Inmigración y/o nuestra página Encontrando a un abogado.

1 8 C.F.R. § 245.23; INA § 245(l)
2 INA § 101(f)