WomensLaw sirve y apoya a todas las personas sobrevivientes sin importar su sexo o género.

Información Legal: Federal

Inmigración

Ver Todo
Leyes actualizadas al 30 de julio de 2024

¿Qué debo probar para ser elegible para el estatus de visa T?

Para obtener una visa T, todo lo siguiente tiene que ser cierto:

  • Usted es víctima de una de las dos “formas graves de la trata de personas”, ya sea trabajo sexual o trabajo forzado.
  • Usted intentó ser útil para los/as oficiales de las autoridades que estaban investigando o procesando crímenes de la trata de personas, como el FBI, la policía local o estatal, los/as fiscales de distrito y las Investigaciones del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) del Departamento de Seguridad Nacional. Sin embargo, las víctimas de la trata que eran menores de 18 años al momento de al menos uno de los actos de trata o que están demasiado traumatizadas para cooperar con las autoridades pueden ser excusadas de demostrar que ayudaron en una investigación.
  • Usted se encuentra actualmente en los Estados Unidos, uno de sus territorios, Samoa Americana o en un puerto de entrada a los Estados Unidos, a uno de sus territorios o Samoa Americana a causa de trata de personas que haya ocurrido aquí o de camino aquí.
  • Usted sufriría “dificultades extremas que involucran daños graves e inusuales” si fuese removido/a (deportado/a) o forzado/a a irse.1

Nota: Los requisitos mencionados arriba se definen y se explican con más detalle en la próxima sección, Probando su caso: Requisitos de la visa T.

1 8 U.S.C. § 1101(a)(15)(T)(i); 8 C.F.R. § 214.202

Creo que soy elegible para una visa T. ¿Es seguro que conseguiré una si la solicito?

El Congreso limitó la cantidad de visas T que USCIS tiene permitido dar cada año a 5,000,1 pero nunca se ha llegado a ese límite. Aunque fuese así, esto no significaría que su visa T sería denegada, simplemente no sería aprobada tan rápido; usted tendría que esperar al próximo año en el que las 5,000 visas aún no se hayan dado.2  

Además, algunas solicitudes de visas T son denegadas. Las razones más comunes por las que las visas T son denegadas son porque las víctimas de la trata solicitantes:

  • no dieron suficiente información;
  • no pudieron probar que cumplían con uno de los requisitos para conseguir una visa T; o
  • no presentaron los formularios correctos.

Trabajar con un/a abogado/a que tenga experiencia en casos de la trata de personas puede ayudarle a evitar estos problemas, pero incluso así la USCIS puede denegarle su caso si no está de acuerdo con los argumentos de su abogado/a. Si lo hace, es posible que usted pueda intentarlo de nuevo o pedirle a la USCIS que cambie su decisión, presentando una moción para reabrir, moción de reconsideración o una apelación. Tendrá mejores posibilidades de triunfar si tiene la ayuda de un/a abogado/a.

1 8 C.F.R. § 214.210(a)
2 8 CFR 214.210(b)

Si he sido víctima de la trata de personas por una pareja íntima o un familiar, ¿debo solicitar VAWA o visa T?

Si a usted le obligaron a hacer trabajo sexual o trabajo forzoso en los Estados Unidos y tiene una relación familiar específica con su traficante, que es o era una persona ciudadana o residente legal permanente (LPR, por sus siglas en inglés) de los Estados Unidos, usted podría calificar tanto para una visa T, que ayuda a las víctimas de la trata de personas, como para una autopetición de VAWA, que muchas veces ofrece un camino directo a la ciudadanía y una tarjeta verde. Las relaciones elegibles para una autopetición de VAWA son:

  1. si usted está o estuvo casado/a recientemente con su traficante, que es un/a ciudadano/a o LPR de los Estados Unidos;
  2. su traficante era uno de sus padres, que es un/a ciudadano/a o LPR de los Estados Unidos; o
  3. su traficante fue su hijo/a adulto/a ciudadano/a de los Estados Unidos. Usted no tiene que ser víctima de una red grande de trata sexual o trabajo forzoso para ser una víctima de la trata de personas.

Aquí tiene algunas razones por las cuales usted quizás quiera solicitar una auto-petición de VAWA en vez de una visa T:

  • El USCIS tarda de tres a cinco años para conseguir una tarjeta verde a través de una autopetición de VAWA, pero puede tardar de cuatro años y medio a ocho años y medio para conseguirla a través de una visa T.
  • A menos que usted obtenga “presencia continua”, no puede obtener un permiso de trabajo a través de la visa T hasta que su solicitud sea aprobada. Si usted presenta una solicitud para la residencia legal permanente con su autopetición de VAWA, puede obtener un permiso de trabajo mientras la autopetición esté pendiente. Sin embargo, no todas las personas autopeticionarias de VAWA pueden presentar una solicitud para la residencia legal permanente a la misma vez que su autopetición.
  • Las visas T requieren que usted acepte cualquier solicitud razonable de asistencia de la policía en la investigación o juicio del crimen a menos que usted fuera menor de 18 cuando fue traficado/a o está demasiado traumatizado/a para ayudar a la policía. La VAWA no requiere eso.
  • Las visas T requieren que usted no salga de los Estados Unidos mientras espera por una decisión. Aún después que le aprueben una visa T, los viajes internacionales pueden ser muy riesgosos. La VAWA no necesariamente tiene los mismos riesgos con los viajes.
  • Para calificar para una visa T, usted debe ser víctima de la trata. Para la VAWA, usted debe probar “agresión física o crueldad extrema”, que es un término más amplio que incluye muchos otros tipos de maltrato.
  • A menos que usted reciba una carta del Departamento de Justicia para demostrar que la investigación de su trata está cerrada, debe esperar tres años después que su visa T sea aprobada para solicitar la residencia legal permanente. Las personas autopeticionarias de VAWA podrían ser elegibles para solicitar la residencia legal permanente inmediatamente que su autopetición sea aprobada.

Por otro lado, aquí tiene algunas razones por las cuales usted quizás quiera solicitar una visa T en vez de una auto-petición de VAWA:

  • Si usted fue maltratado/a por su hijo/a adulto/a ciudadano/a de los EE.UU., usted no puede incluir derivativos/as en su autopetición de VAWA. Si usted fue maltratado/a por su esposo/a o padre/madre, solo puede incluir a sus hijos/as solteros/as menores de 21 en su autopetición de VAWA. La visa T le permite incluir más familiares como derivativos/as.
  • Las víctimas de la trata con visas T aprobadas son elegibles para los mismos beneficios públicos que las personas refugiadas. Estos beneficios típicamente son más generosos que los que pueden recibir los/as auto-peticionarios/as de VAWA. Además, el gobierno federal tiene un programa especial de asistencia para las víctimas de la trata llamado Programa de Asistencia para Víctimas de Trata (TVAP, por sus siglas en inglés), que puede darle apoyo financiero y del manejo del caso para víctimas de la trata aun antes que usted presente la solicitud para una visa T.
  • Aunque la autopetición de la VAWA a menudo es una ruta más rápida hacia la tarjeta verde, podría ser una ruta más lenta hacia el permiso de trabajo. Usted solo puede obtener un permiso de trabajo a través de VAWA después que su autopetición de la VAWA haya sido aprobada, lo cual podría tardar cerca de tres años. Si usted solicita una visa T, actualmente recibir un permiso de trabajo basado en la visa T tarda menos de un año y medio, y el periodo de tiempo posiblemente sea aún más corto si recibe una determinación bona fide positiva.
  • Dependiendo de las bases de inadmisibilidad que apliquen en su caso, puede ser más fácil conseguir un perdón y, por esta razón, tener éxito con una visa T que con una autopetición de VAWA. Casi todas las bases de inadmisibilidad pueden ser perdonadas con una visa T, pero los perdones de inadmisibilidad de VAWA son menos generosos. Esto significa que menos personas podrían ser elegibles para VAWA que para visas T.

Antes de presentar cualquier documento en el USCIS, es posible que quiera discutir sus opciones con un/a abogado/a de inmigración con experiencia en VAWA y visas T para determinar cuál sería la mejor opción en su caso. Para encontrar ayuda, por favor, vaya a la página de Organizaciones Nacionales - Inmigración o a nuestra página Encontrando a un abogado. Si su abogado/a necesita asistencia, él/ella puede llamar a ASISTA para ayuda.