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Leyes actualizadas al 17 de diciembre de 2020

¿Ser mujer es suficiente para probar que soy parte de un “grupo social en particular”?

Para probar que usted pertenece a un “grupo social en particular”, es importante que sepa que nuestro sistema de asilo no reconoce consistentemente a las “mujeres” y al “género” como “grupos sociales”. Las cortes en las distintas partes del pais no estan de acuerdo en si las “mujeres en [país]” pueden ser reconocidas como un grupo social particular para propositos de asilo. Debería hablar con su abogado/a sobre cuál ley en su area requiere que usted demuestre que es parte de un grupo social particular.

Como alternativa, las víctimas de maltrato y abuso pueden demostrar que están en un “grupo social” más pequeño que todas las mujeres en su condado; pero nuestro sistema de asilo sigue cambiando de opinión en cuanto a lo que la gente debe demostrar para estar en un “grupo social”. Esto hace que sea muy difícil llenar una aplicación de asilo por su cuenta, y es una razón por la cual debe trabajar con un/a abogado/a que esté al día en las ultimas políticas gubernamentales y casos federales. También es la razón por la cual es probable que quiera hablar con su abogado/a sobre si usted fue maltratad/oa o violado/a a causa de, por ejemplo, su opinión política, raza, nacionalidad, religión u orientación sexual.1 Aunque usted pueda demostrar esto, no obstante, también deberá demostrar:

  • cómo la persona perpetradora descubrió su opinión o identidad;
  • que ésta es la razón por la cual usted fue maltratado/a o agredido/a sexualmente; y
  • que su gobierno no le protegió o no pudo protegerle. Nota: Este último requisito es un ejemplo de un requisito que fue añadido por nuestro gobierno y no está en la ley.

Nota: A pesar del desacuerdo sobre si las “mujeres” pueden establecer un grupo social en particular, las cortes y el sistema de asilo estan de acuerdo en que  la identidad LGBTQ+ o la “identidad imputada” es base suficiente para un grupo social particular.2 Esto es importante porque la violencia sexual es un tipo de persecusion comun que enfrentan los miembros de estos grupos. Para mas informacion sobre sus derechos como una persona que es de las comunidades LGBTQ+ o que es positiva a VIH y está buscando asilo, vea el sitio web de Igualdad migratoria.

1 Compare Perdomo v. Holder, 611 F.3d 662 (9th Cir. 2010) (sosteniendo el grupo social particular de “mujeres en Guatemala” basado en género) with Chavez-Chilel v. Att’y Gen, 20 F.4th 138 (3d Cir. 2021) (rechazando “mujeres guatemaltecas” como un grupo social particular)
2 Vea Matter of Toboso-Alfonso, 20 I&N Dec. 819 (BIA 1994)