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Leyes actualizadas al 22 de noviembre de 2024

¿Que crímenes pueden calificarme para una visa U?

Las víctimas de cualquiera de los siguientes crímenes puede calificar para una visa U si el crimen ocurrió en los EE.UU.:

violación; tortura; tráfico; incesto; violencia doméstica; agresión sexual; contacto sexual abusivo; prostitución; explotación sexual; acecho; mutilación de los genitales femeninos; haber sido retenido/a como rehén; peonaje; servidumbre involuntaria; comercio de esclavos/as; secuestro; abducción; restricción criminal ilegal; encarcelamiento erróneo; chantaje; extorsión; homicidio; asesinato; asalto criminal con felonía; manipulación de testigos; obstrucción de la justicia; perjurio; o atentar, conspirar o pedir que se cometan cualquiera de los crímenes mencionados.1

Sin embargo, ser víctima de uno de estos crímenes no le hace que califique automáticamente. Usted debe cumplir con los otros requisitos que se explican en ¿Cuáles son los requisitos que debo cumplir para obtener una visa U?

Nota: Es muy difícil conseguir una visa U sin la ayuda de un/a abogado/a con experiencia en visas U. WomensLaw.org le recomienda enfáticamente que consulte con un/a abogado/a de inmigración con conocimiento en visas U antes de solicitar para ver si usted califica para esta o para otras rutas hacia el estatus migratorio. Por favor vea la lista de organizaciones nacionales en nuestra página de Organizaciones Nacionales - Inmigración. Para organizaciones de servicios legales generales, no de inmigración específicamente, y servicios de referido de abogados/as privados/as, vaya a nuestra página Encontrando a un Abogado. Recuerde preguntarle a el/la abogado/a con quien piensa trabajar si el/ella ha solicitado visas U o si ha recibido algún adiestramiento sobre cómo solicitar visas U, ya que esto puede ser algo para lo que usualmente los/as abogados/as de inmigración no están adiestrados/as. Para asistencia, su abogado/a puede contactar a ASISTA.

1 INA § 101(a)(15)(U)(iii)