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Leyes actualizadas al 22 de noviembre de 2024

¿Qué debe incluir mi petición de visa U?

Con la ayuda de un/a abogado/a, usted llenará una “Petición para el estatus U de no inmigrante”, que se llama formulario I-918. Usted también debe incluir el Formulario I-918 Suplemento B (certificación de las agencias que hacen cumplir la ley). Dependiendo de su situación, puede incluir el Formulario I-192 (el perdón para cualquier base de inadmisibilidad) y el Formulario I-765 (para un permiso de trabajo). Es posible que quiera consultar con su abogado/a para ver qué formularios debe presentar en su caso.

Junto con los formularios mencionados arriba, debe enviar una declaración personal firmada al USCIS en la que describa cómo usted fue victimizada/o.1 La declaración personal es muy importante. Esta es la única oportunidad que tendrá para contar su historia y para que el USCIS escuche su “voz”. Un/a abogado/a o un/a intercesor/a de víctimas del crimen puede ayudarle a organizar su historia pero debe ser en sus propias palabras. También es posible que quiera usar su declaración para explicar cómo usted cumple con los demás requisitos, especialmente si no tiene muchos documentos para apoyar su caso.

También querrá enviar evidencia de apoyo para demostrar que usted es elegible para una visa U.2 Si usted está viendo a un/a terapista de salud mental o consejero/a, una declaración de esta persona puede servir como esa evidencia de apoyo. El/la terapista puede describir los hechos del crimen según usted se los contó y cómo el crimen le afectó a usted, lo cual puede ser de gran ayuda para demostrar el requisito de “daño sustancial”. Si a usted le vuelve a causar trauma explicar en su declaración personal los detalles de lo que experimentó y sus efectos, el/la consejero/a podría hacer eso por usted siempre que él/ella pueda describir todo en detalle por usted, basado en lo que usted le contó a él/ella. El propósito de esta ley es ayudar a las víctimas del crimen, no volver a traumatizarlas.

Otra evidencia de apoyo puede ser cualquier información de sistemas médicos, legales o de servicios sociales que apoyen su historia y ayuden a probar que usted cumple con los requisitos. Al USCIS le gusta la evidencia de otros “sistemas” porque las personas que trabajan en esos sistemas son consideradas “expertas”. Sin embargo, el USCIS también verá evidencia de otras fuentes, especialmente si usted y su abogado/a explican:

  1. por qué usted no pudo conseguir evidencia de “sistemas”; y,
  2. por qué este recurso de las pruebas secundarias (“corroboración”) es creíble, confiable y conocedor/a.

1 8 CFR § 214.14(c)(2)(iii)
2 8 CFR § 214.14(c)(2)(ii)