WomensLaw sirve y apoya a todas las personas sobrevivientes sin importar su sexo o género.

Información Legal: Federal

Inmigración

Ver Todo
Leyes actualizadas al 22 de noviembre de 2024

¿Puedo viajar fuera de los Estados Unidos después que mi estatus de visa T sea aprobado?

Es sumamente importante que hable con un/a abogado/a de inmigración con experiencia en visas T antes de viajar. Estos son algunos problemas de viajar:

  1. Aunque el USCIS haya aprobado su solicitud de visa T, usted no puede irse y volver a entrar a los Estados Unidos a menos que antes solicite un beneficio llamado “permiso de viaje” o “advance parole” en inglés. El permiso de viaje es como una autorización para irse y regresar por un propósito humanitario específico durante un periodo de tiempo específico.1 Intentar conseguir un permiso de viaje puede ser un proceso largo y difícil, así que se recomienda tener la ayuda de un/a abogado de inmigración en el proceso. Nota: Algunos/as familiares derivativos/a de la visa T pudieran recibir una visa T que les permita viajar sin el permiso de viaje, pero ese no es el caso de el/la poseedor/a primario/a de la visa T.2
  2. Después de haber recibido el estatus de visa T, si usted regresa a los EE.UU. con otro tipo visa, como una de visitante, o si entra sin permiso, el USCIS puede quitarle su estatus de visa T.1
  3. Hay un requisito de “presencia física continua” para que usted pueda obtener una “tarjeta verde” basada en su visa T.3 Estar fuera de los Estados Unidos por más de 90 días a la vez, o más de 180 en viajes combinados, podría impedir que usted pueda cumplir con ese requisito. Aunque usted no esté pensando estar fuera del país por tanto tiempo, pudiera surgir una emergencia o usted pudiera enfrentar atrasos que estén fuera de su control cuando intente regresar. Para más información, vea Ahora que tengo estatus de visa T, ¿puedo solicitar estatus de residente permanente?
  4. Si usted sale de los Estados Unidos, podría crear nuevas barreras de la ley de inmigración (“bases de inadmisibilidad”) para usted mismo/a que solo aplican si una persona sale del país.4 Si usted sale de los Estados Unidos, debería tener la información de contacto de su abogado/a en caso de que no pueda volver a entrar sin presentar formularios nuevos. Su abogado/a puede contactar a una organización nacional que esté familiarizada con visas T, como ASISTA, para que le ayuden con la aprobación de estos formularios, pero es posible que se quede atrapado/a fuera de los Estados Unidos por un periodo de tiempo significativo.
  5. Si usted tiene estatus de visa T, incluyendo si tiene estatus T derivativo como familiar y ya ha presentado una solicitud para una tarjeta verde que está pendiente, entonces deberá solicitar un permiso de viaje antes de salir de los Estados Unidos. Si usted no solicita un permiso de viaje antes de salir de los Estados Unidos, el USCIS pensará que usted no quiere continuar con su solicitud para la tarjeta verde y la denegará.5 Esto es cierto aún para derivativos/as que tienen una visa T que de lo contrario les permite viajar internacionalmente y regresar.

Por todas estas razones, es sumamente importante que hable con un/a abogado/a de inmigración con experiencia en visas T antes de viajar. Un/a abogado/a de inmigración con experiencia en visas T podría determinar si cualquiera de estos riesgos le aplican a usted. Para encontrar un/a abogado/a de inmigración, visite nuestra página de Organizaciones nacionales - Inmigración o nuestra página Encontrando a un abogado.

1 8 C.F.R. § 214.204(p); también vea la página Visas para víctimas de la trata de personas del Departamento de Estado de los Estados Unidos
2 8 C.F.R. § 214.211(i)(4)
3 8 C.F.R. § 245.23(a)(4); vea las Instrucciones para I-485 en el sitio web del USCIS
4 INA § 212(a)(9)(A), (B) & (C)
5 Vea 8 C.F.R. § 245.23(j); vea el Formulario I-131 y las Instrucciones